jueves, diciembre 26, 2024
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Multan duramente a quienes hagan canales clandestinos

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Entró en vigencia en la Provincia de Buenos Aires la Ley 14.703 por la cual, quien construya canales clandestinos y terraplenes que alteren el escurrimiento natural de las aguas tendrán multas que pueden llegar al equivalente a 120.000 litros de gasoil grado 3 (valor hoy $ 15 el litro).

La ley modifica el Código de Aguas de la provincia y da un plazo de 90 días  a quienes hayan cometido esa infracción para regularizar la situación. Luego de ese plazo, “se considerarán clandestinas en forma automática todas las obras no acogidas a esta moratoria”.

También prevé la suspensión de beneficios impositivos o crediticios, la apertura de cuentas corrientes y el otorgamiento de tarjetas de crédito, y no se habilitará la apertura de comercios o industrias.
En tanto, la reglamentación de la ley deja los controles a manos de los municipios, quienes deberán comprobar las infracciones, estando facultados para “recibir denuncias, realizar relevamientos y otras actuaciones tendientes a la constatación de las obras no autorizadas”.

La iniciativa había sido aprobada por la legislatura bonaerense, en mayo de 2013, pero fue reactiva tras las inundaciones de fines del año pasado, que afectaron varios cascos urbanos por lo cual se promulgó ahora para que no prescribiera.

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