La medida se dispuso a traves del Boletín Oficial, con dos decretos, 825 y 831. Establecen que “conforme a las decisiones del Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) resulta legítimo requerir un servicio mínimo en aquellos que son de importancia trascendental para el país y/o en huelgas en sectores de alta importancia que por su duración o magnitud pueden producir daños irreversibles, poner en peligro la salud o la seguridad pública, o generar consecuencias graves para el país”.
– El jefe del sindicato de los pilotos (APLA), Pablo Biró, anunció que irán a la Justicia contra el decreto y advirtió, tras los múltiples paros: “El conflicto se va a agravar”.
– “Es una medida ilegítima, ilegal, vamos a recurrir a Justicia local, a la OIT, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). El derecho de huelga es fundamental, solo puede estar regulado cuando estén en peligro bienes superiores, como la vida o la salud”, dijo Biró.