El Ministerio de Salud bonaerense separó y destituyó del Hospital Interzonal Julio de Vedia al médico cirujano, Dr. Alejandro Buffoni con DNI: 21.529.850, luego de una investigación interna, por haber operado dos veces con pocas horas de diferencia a una quinceañera, al enterarse que la primera intervención se hizo por error en un órgano de la paciente. La sacó la vesícula que estaba sana. El hecho fue el 25 de octubre de 2021.
En la comunicación, se hace mención que fue exonerado, lo que significa que no puede volver a la administración pública para trabajar en ningún hospital de todo el ámbito bonaerense.
Conocido el hecho e iniciado el sumario interno, la cartera de salud, lo suspendió por dos meses mientras se tramitaba la investigación que concluyó con su exoneración.
Recordemos que en esa primavera de hace dos años, el cirujano operó a una joven de Facundo Quiroga, de la vesícula, cuando en realidad el llamado a quirófano era un nódulo mamario.
Por entonces, el profesional quiso tapar el error llevándose la Historia Clínica, obligando a la dirección del Hospital, por entonces, a cargo del Dr. Claudio Rosello a poner lo ocurrido en la justicia.
Allí, la Unidad Funcional de Instrucción N° 2 puso en marcha la Instrucción Penal Preparatoria 1537/21, por ‘Lesiones Culposas’. Por la misma desfilaron testigos, profesionales del Hospital Público y el cirujano Alejandro Buffoni fue procesado en los términos del art. 308 del Código de Procedimiento en lo Penal Bonaerense.
Toda esa investigación culminó el pasado 24 de agosto 2023, y el Juzgado de Garantías N° 1 del departamento Judicial de Mercedes, elevó con fecha del 30 de noviembre 2023 la imputación delictiva de la UFI 2 a Juicio Oral y Público. Falta ahora la fecha de ese debate.
Pocos días después y en pleno recambio de autoridades gubernamentales, y antes que el Dr. Nicolás Kreplak jurara nuevamente, renovando su condición de Ministro de Salud Pública bonaerense, se le comunicó la decisión de exoneración al Directivo de la Clínica Independencia de Nueve de Julio, Dr. Alejandro Buffoni.
A todo esto, también en esfera judicial mercedina, está en marcha una acción civil por los daños y perjuicios ocasionados a la jovencita.
Tras el hecho, desde el Hospital Julio de Vedia se puso en marcha una investigación interna – sumario administrativo – que concluyó recientemente con la destitución del profesional, conforme la comunicación oficial de la cartera de Salud al imputado.
Ese proceder reprochable abrió una investigación penal que ahora fue elevada a juicio oral, sin fecha todavía de realización.
Y a su vez, el padre – M.A.Q. -de la menor damnificada, impulsó una acción civil de daños y perjuicios. Tramitó ante el Juzgado en lo Civil y Comercial N° 5 ‘Q,M.A. c/ BUFFONI, Alejandro y otros’ – Expediente:44729 -. La acción impulsada es en nombre de su hija Q,L.M. Esa acción de daños y perjuicios pasó al Juzgado en lo Contencioso Administrativo de Mercedes a fines de abril de este año. En el juzgado civil el último movimiento fue del 5 de diciembre pasado.
En relación a la carátula del hecho penal, ‘Lesiones Culposos’ en los términos del art. 94, del Código Penal es de considerar que se establece la pena de prisión de un mes a tres años o multa de mil a quince mil pesos e inhabilitación especial por uno a cuatro años, el que por imprudencia o negligencia, por impericia en su arte o profesión, o por inobservancia de los reglamentos o deberes a su cargo, causare a otro un daño en el cuerpo o en la salud.
Si las lesiones fueran de las descritas en los artículos 90 ó 91 y concurriera alguna de las
circunstancias previstas en el segundo párrafo del artículo 84, el mínimo de la pena prevista en el primer párrafo, será de seis meses o multa de tres mil pesos e inhabilitación especial por dieciocho meses.”
En el debate oral si se probase que las lesiones son alcanzadas por lo normado en los artículos 90 o 91 del código penal, la pena, de corresponderle, será en el primero de los casos, de uno a seis años, si la lesión produjere una debilitación permanente de la salud, y en el segundo, será elevada de tres a diez años…por haberle quitado un órgano por esa negligencia.
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