Este año la Administración Federal Ingresos Públicos (AFIP), cumplió con un viejo reclamo de los contadores públicos, y puso a disposición los aplicativos para liquidar bienes personales e impuesto a las ganancias periodo fiscal 2022, ya en el mes de marzo, así da tiempo suficiente para solucionar inconvenientes vinculados a su funcionamiento.
En ambos casos, el vencimiento para presentar la declaración jurada determinativa y el pago operará entre el 12 y 14 de junio de 2023.
Además en esta oportunidad, se incorporó el campo “Gastos de educación” para que los contribuyentes puedan aplicar la deducción en el Impuesto a las Ganancias en concepto de gastos por servicios y herramientas con fines educativos.
Al estar próximos a la liquidación de estos impuestos, los contribuyentes deben preparar la información a sus contadores.
El Impuesto a los bienes personales se aplica sobre los bienes del país y del exterior, que posean las personas humanas y sucesiones indivisas, en el patrimonio al 31 de diciembre de cada año.
En cuanto al impuesto a las ganancias comprende 4 categorías divididas según la fuente de las ganancias.
- Ganancia de primera categoría: Corresponde a las generadas por el usufructo de los inmuebles urbanos y rurales.
- Ganancia de segunda categoría: Corresponde a los ingresos obtenidos por acciones, intereses, dividendos, etc.
- Ganancia de tercera categoría: Corresponde a las ganancias de las sociedades y empresas unipersonales.
- Ganancia de cuarta categoría: Son las ganancias obtenidas por el trabajo personal.
Datos a informar:
- Dependiendo de cada una de las categorías de ganancias nombradas, tenemos que contar con los ingresos y gastos ordinarios de esa actividad, eso lo tiene su contador en la facturación y registrado en los libros de IVA (impuesto al valor agregado).
- La Composición del grupo familiar:
-Hijos: nombre completo, CUIL, fecha de nacimiento.
-Cónyuge: nombre completo, CUIL, fecha de casamiento, monto del ingreso anual.
- Los Resúmenes de tarjetas de crédito abonadas en ese ejercicio.
- Los Saldos de todas las cuentas Bancarias al 31/12 (se puede obtener de las páginas Web de los bancos, de manera simple, como es el caso del Banco de la Provincia de Buenos Aires donde todo lo necesario aparece en el menú Mis Tenencias detallado por año). Saldo, tipo de cuenta, CUIT del Banco y CBU.
- Los Depósitos a plazo fijo.
- La Compra de moneda extranjera.
- Detalle de deudas contraídas durante el año y los pagos totales o parciales.
- Es necesario contar con documentación respaldatoria de los bienes existentes tanto en el país como en el exterior al 31 de diciembre de cada año. Siendo la siguiente lista una guía orientativa:
- Dinero en efectivo.
- Inmuebles: mejoras, obras en curso. Documentación que respalde la compra, como fotocopia de escritura, o boleto. También necesitamos saber si el inmueble está hipotecado y el saldo de deuda al 31 de diciembre.
- Automotores: autos, camiones, camionetas, motos, agregar fotocopia de título, a fin de obtener los datos que pide el sistema web en la carga de la declaración jurada.
- Inversiones financieras: como ya nombré plazos fijos, acciones, fondos comunes de inversión.
- Derechos de uso, de cualquier tipo.
- Obras de arte, etc.
- Todo lo comprado y vendido durante el año que se está presentando (año 2022)
- Otros ítems a tener en cuenta:
- Pago de aportes jubilatorios y a cajas provinciales o profesionales.
- Abono de la medicina privada del grupo familiar.
- Honorarios facturados por médicos. Ejemplo: tratamientos odontológicos, psicológicos, etc.
- Primas de Seguro por muerte.
- Donaciones efectuadas a entidades sin fines de lucro.
- Gastos de sepelio.
- Sueldo abonado al personal doméstico.
- Ingresos extras por herencias recibidas, donaciones, premios por juegos de azar.
- Préstamos otorgados a sociedades o personas: denominación, CUIT, monto prestado, intereses pactados.
Ciertas actividades pueden requerir pedidos especiales de información, como a Productores Agropecuarios que se les solicitará:
- Actas de vacunación de hacienda.
- Existencias de cereal en campos y cerealeras. (Tipos y kilos)
Llevar toda esta información a tiempo a su asesor, permitirá realizar las declaraciones juradas de Impuesto a las Ganancias y Bienes personales con mayor eficiencia, y permitirá controlar la misma con la información que brinda las bases de datos de AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos).
Entonces, ¡a juntar los papeles!, nos encontramos el próximo miércoles por Cadena Nueve.