El servicio doméstico o trabajo en casas particulares es toda prestación de servicios de tareas de limpieza, u otras actividades típicas del hogar, asistencia personal y acompañamiento a los miembros de la familia o a quienes convivan en el mismo domicilio con el empleador, y el cuidado no terapéutico de personas enfermas.
La Ley Nº 26.844 regula el régimen especial de Contrato de Trabajo para el personal de Casas Particulares, entendiéndose por tal a las relaciones laborales que se entablen dentro del ámbito de la vida familiar y que no generan para el empleador un lucro o beneficio económico directo.
Para el mes de septiembre de este año se publicó la siguiente escala salarial:
Categoría 1: Supervisor/a: quien realiza la coordinación y control de las tareas que realizan dos o más personas a cargo.
– Hora con retiro: $ 516,50
– Hora sin retiro: $ 565,50
– Mensual con retiro: $ 64.443,00
– Mensual sin retiro: $ 71.782,00
Categoría 2: Empleada doméstica / Personal para tareas específicas: aquellas personas que fueron contratadas para realizar tareas puntuales, por las cuales se debe tener el conocimiento adecuado para llevarlas a cabo.
– Hora con retiro: $ 489,00
– Hora sin retiro: $ 536,00
– Mensual con retiro: $ 59871,00
– Mensual sin retiro: $ 66646,50
Categoría 3: Empleada doméstica / caseros: personas que se dedican al cuidado de una vivienda y que además vive en la misma, por contrato.
– Hora: $ 461,00
– Mensual: $ 58414,00
Categoría 4: Asistencia y cuidado de personas: aquellos empleados que realizan la asistencia y cuidado no terapéutico de personas enfermas, cuidado de niños, adultos mayores, etc.
– Hora con retiro: $ 461,00
– Hora sin retiro: $516,50
– Mensual con retiro: $ 58.414,00
– Mensual sin retiro: $ 65.096,00
Categoría 5: Personal para tareas generales: quienes realizan tareas del hogar, que son variadas como de limpieza, en la cocina, lavado y planchado.
– Hora con retiro: $ 428,00
– Hora sin retiro: $ 461,00
– Mensual con retiro: $ 52.531,00
– Mensual sin retiro: $ 58.414,00
El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría, quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
La escala muestra el valor mensual para el personal que desempeña jornada laboral de tiempo completo (48 horas semanales) y un valor por hora trabajada.
Además, tendrán un reconocimiento por antigüedad de un 1% por año, contando desde el 1 de septiembre de 2020. (por lo que este mes ya debe pagarse un 2%).
También se pagará un porcentaje adicional para quienes residen en zonas desfavorables (en las Provincias de La Pampa, Rio Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires).
¿Cuáles son los montos de las cargas sociales del servicio doméstico?
El valor para un/a trabajador/a mayor de 18 años es:
Horas trabajadas semanalmente | Importe total a pagar | Aportes | Contribuciones | Cuota Riesgos de Trabajo ART |
Menos de 12 horas. | $ 950.64 | $ 144.04 | $ 50.84 | $ 755.76 |
Desde 12 horas a menos de 16 horas. | $ 1498.34 | $ 266.91 | $ 101.66 | $ 1129.77 |
16 o más horas. | $ 3595.02 | $ 1775.18 | $ 148.28 | $ 1671.56 |
Estas cargas son válidas hasta agosto de 2022, ya que a partir de septiembre vuelve a subir el componente de ART, aún no publicado en la página web de AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos).
Las aportes y contribuciones varían si el trabajador es jubilado o menor de edad (pero mayor de 16 años).
Los recibos de haberes se confeccionan directamente desde la página web de AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) y también la boleta para el pago de estos aportes y contribuciones. Se aconseja siempre realizar la consulta a su contador de confianza, a fin de realizar la correcta liquidación de sueldos y cargas del servicio doméstico.
Fuente de la información:
UPACP (Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares)
AFIP( Administración Federal de Ingresos Públicos)