Los que se dedican al negocio del cereal en nuestro país, si tienen como objetivo realizarlo de manera eficiente y no sufrir tardanzas a la hora de solicitar las cartas de porte en su traslado, deben conocer al detalle las informaciones a realizar.
Los productores agropecuarios se deben inscribir en el Sistema de Información Simplificado Agrícola – SISA-, y realizar dos declaraciones sobre sus producciones durante el transcurso del año, de manera online ante AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos).
Ahora, trae tu agenda, y anota en qué momento se realiza:
La IP2 (o información productiva dos) desde el primero de diciembre hasta el 28 de febrero de cada año, se informa la superficie agrícola destinada a los cultivos de verano, también llamados de cosecha gruesa, estos son: algodón, amapola, amaranto, arroz, chía, girasol, lupines, maíz, maní, poroto, quínoa, sésamo, soja, sorgo y otros granos considerados dentro de este grupo.
Otra presentación a efectuar, es la conocida como IP1 (o información productiva uno), y se realiza durante el mes de octubre de cada año, indicando las existencias que tengan los productores al 30 de septiembre, y la superficie agrícola destinada a cultivos de invierno o de cosecha fina, en nuestra zona los más conocidos trigo y cebada.
La presentación se realiza con CUIT (Código único de Identificación Tributaria) y clave fiscal, la realizará tu contador, luego de ingresada el sistema emitirá por cada presentación la constancia respectiva. Si hubiera errores o inconsistencias, la declaración será rechazada automáticamente por el sistema.
Toda comunicación que quiera realizar AFIP al contribuyente productor la realizará de manera online al DFE (Domicilio Fiscal Electrónico).
¿Qué sucede si se incumple este régimen de información ante AFIP?
- Es recomendable si se necesitan comercializar granos en el mes de febrero, se cumpla primero con esta presentación antes de la venta para que no tener problemas con la liquidación primaria.
- Se impedirá el registro de los contratos (como por ejemplo arrendamientos, aparcerías, etc.), hasta tanto se subsane el incumplimiento.
- También puede ocasionar cambios en el scoring o puntaje del productor en el SISA, lo que hará que sea pasible de mayores retenciones.
- Además, puede suceder que no le autoricen las cartas de porte necesarias para el traslado del cereal, o sea se generan problemas operativos.
¿Cómo delegar el servicio de carta de porte para que sea efectuada por otra persona?
Si necesitas que la carta de porte sea confeccionada por otra persona autorizada por vos, podes seguir estos pasos en la página web de AFIP, con CUIT y Clave fiscal:
1-Ingresar al Administrador de Relaciones.
2-Seleccionar “Nueva Relación”
3-Elegir el Servicio que quiere delegar (en este caso Carta de Porte Electrónica)
4-Cargar el CUIT de la persona que va a realizar la carta de porte.
5- Confirmar el trámite.
Con estos simples pasos se delega el servicio de carta de porte electrónica o cualquier otro si lo desea.
La relación entre el productor agropecuario y su asesor contable debe ser muy fluida, no ocultar información, ni brindársela de manera tardía, estando al tanto de las producciones que se realizan, como cada cambio que se haga en el campo, contratos de alquiler, diferenciando aquellos sembrados que se dediquen al pastaje de animales de aquellos destinados a venta, para que su contador pueda efectuar las informaciones antes del vencimiento y no perder tiempo ni costos.
Fuente de la Información: AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos)