La ley 27653 de Alivio Fiscal del año 2021 determinó beneficios para aquellos contribuyentes que cumplieron sus obligaciones fiscales. Esto es para monotributistas, responsables inscriptos, además de micro y pequeñas empresas.
¿A quiénes se considera contribuyente cumplidor?
Se entenderá que un contribuyente reviste la condición de cumplidor cuando al momento de entrada en vigencia de la presente norma (11 de noviembre de 2021) no registre incumplimientos en la presentación de declaraciones juradas, como tampoco, en el caso de corresponder, en el pago de las obligaciones tributarias desde los períodos fiscales iniciados a partir del 1° de enero del año 2018.
¿Cuáles son los beneficios para los monotributistas?
El Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes (Monotributo) se implementó en noviembre de 1998, y su objetivo es que los contribuyentes puedan cumplir sus obligaciones impositivas y de la seguridad social de manera más simple.
Con el pago de una única cuota mensual se unifica el componente impositivo (Impuesto al valor agregado y Ganancias) y el componente previsional (aportes jubilatorios y obra social).
Teniendo en cuenta parámetros como facturación anual, superficie del establecimiento, energía eléctrica consumida y el monto de alquiler del local o locales se determina en qué categoría de locaciones, prestaciones de servicios o venta de productos le corresponde, y cuánto debe abonar por mes.
El beneficio consistirá en la exención del componente impositivo conforme la cantidad de cuotas que se detallan para cada categoría:
- a) Categorías A y B: seis (6) cuotas mensuales y consecutivas;
- b) Categorías C y D: cinco (5) cuotas mensuales y consecutivas;
- c) Categorías E y F: cuatro (4) cuotas mensuales y consecutivas;
- d) Categorías G y H: tres (3) cuotas mensuales y consecutivas;
- e) Categorías I, J y K: dos (2) cuotas mensuales y consecutivas;
En ningún caso el límite del beneficio podrá superar un importe total equivalente a veinticinco mil pesos.
¿Cuáles son los beneficios para los responsables inscriptos?
Para los sujetos inscritos en el impuesto a las ganancias. El beneficio consistirá en una deducción especial adicional.
¿Cuáles son las ventajas para las micro y pequeñas empresas?
Las inscriptas en Ganancias, pueden optar por realizar una amortización acelerada para las inversiones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2022.
¿Hasta cuándo tengo tiempo para pedirlo?
Desde el 30 de diciembre de 2021 hasta el 15 de marzo de 2022.
¿Cuáles son los requisitos para acceder?
El contribuyente debe declarar y mantener actualizado el domicilio fiscal, tener la CUIT activa y actualizado el código de la actividad desarrollada, según el “Clasificador de Actividades Económicas”.
¿Cómo se realiza el trámite?
Para solicitar los beneficios hay que ingresar, con clave fiscal nivel 3, a través de la página web de AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos).
Siempre debe ser realizado por su contador para evitar errores en la adhesión de estas ventajas.
Fuente de la información: Ley 27653 de Alivio Fiscal.