Desde este miércoles rige en todo el país lo normado por el artículo 64 del Código Electoral Nacional por el cual se establece “la prohibición de actos públicos susceptibles de promover la captación del sufragio”, de acuerdo a lo que establece el cronograma electoral de los comicios legislativos que tendrán lugar el 14 de noviembre.
Se suelen hacer referencia a las inauguraciones de obras con discursos y mensajes proselitistas. Esta limitación es de 25 días antes de los comicios generales.
En tanto, el sábado 30 de octubre deberán estar disponibles las mesas y lugares de votación para que puedan ser consultados por los ciudadanos habilitados para sufragar, y en la misma fecha deberá precederse a la destrucción de los documentos de las personas fallecidas.
Por último, el 4 de noviembre vencerá el plazo para presentar el informe previo de campaña a la Dirección Nacional Electoral (DINE) y a jueces federales electorales sobre monto de aportes, subsidios y franquicias públicas a la campaña por rubro, monto y partido y con indicación de las sumas ya entregadas y las pendientes de pago, tal como lo establece la ley 26.215.
Por su parte, la Dirección Nacional Electoral (DINE) que depende del Ministerio del Interior deberá presentar ese mismo día su informe sobre los aportes, subsidios y franquicias públicos a la campaña electoral, discriminados por rubro, monto y partido y con indicación de las sumas ya entregadas y las pendientes de pago.
Dos días después, el 6 de noviembre, empezará la prohibición de publicar o difundir encuestas o sondeos de opinión y pronósticos sobre los posibles resultados de las elecciones y el 12 de noviembre, a las 8 de la mañana, concluye oficialmente la campaña electoral y empieza la veda, hasta el día de los comicios.