La Oficina de Licencias de Conducir de la Municipalidad de Nueve de Julio aclarara que los turnos que pueden solicitarse son los referidos a los siguientes trámites:
– DUPLICADOS, por extravío o robo.
– REEMPLAZO: por cambio de domicilio.
– AMPLIACIÓN de clases (con licencia a la que desea agregar clase para otro tipo de vehículo).
– VENCIDAS entre el 15 de diciembre de 2019 y 14 de febrero de 2020.
TRAMITES QUE NO SE REALIZARAN hasta una próxima etapa:
La RENOVACIÓN de Licencias VENCIDAS entre el 15 de febrero y el 31 de octubre del corriente año, para las que rige una prórroga de 270 días corridos (9 meses) desde el vencimiento impreso. Disposición 33 de la DPPSV.
PRIMERA LICENCIA: por cuestiones operativas referidas a los exámenes.
Los TURNOS podrán tramitarse a través de los siguientes medios:
– Telefónicamente al 610040
– Whatsapp (solo texto) al 517055
– Correo Electrónico: [email protected]
– Web: www.9dejulio.gov.ar/licencias.php (o desde la página principal, en la pestaña “Trámites Municipales – Licencias”).
IMPORTANTE
Se solicita a los vecinos NO CONCURRIR a las oficinas, ya que toda información o consulta, será dada por los medios antes mencionados UNICAMENTE, y respetar lo requerido para poder cumplir con todos los requerimientos y necesidades de cada uno.
El ingreso a las oficinas será solo para aquellas personas que hayan sido citadas y obtenido su turno previo; para lo cual deberá concurrir obligatoriamente con tapabocas y respetando las medidas sanitarias ya conocidas.
Agradecemos desde ya la colaboración y comprensión.
Los mismos podrán tramitarse a través de los siguientes medios:
– Telefónicamente al 610040
– Whatsapp (solo texto) al 517055
– Correo Electrónico: [email protected]
– Web: www.9dejulio.gov.ar/licencias.php (o desde la página principal, en la pestaña “Trámites Municipales – Licencias”).
IMPORTANTE
Se solicita a los vecinos NO concurrir a las oficinas, ya que toda información o consulta, será dada por los medios antes mencionados UNICAMENTE.
El ingreso a las oficinas será solo para aquellas personas que hayan sido citadas y obtenido su turno previo; para lo cual deberá concurrir obligatoriamente con tapabocas y respetando las medidas sanitarias ya conocidas.
PRORROGA:
Se recuerda que las licencias cuyo vencimiento opere entre el 15/2 y el 31/10, tienen una prórroga en su vencimiento de 270 días corridos (9 meses) a contar desde la fecha de vencimiento impresa en la misma.