La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el sistema de
inscripción al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).
Los empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios de
agosto podrán registrarse online entre los días 28 de agosto y 3 de septiembre,
inclusive. Para hacerlo las empresas deberán ingresar con clave fiscal en afip.gob.ar.
Aquellas firmas que hubieran registrado una variación nominal negativa en su
facturación entre los meses julio de 2020 y 2019 accederán al salario complementario.
Por su parte, los empleadores que presenten una variación nominal positiva en su
facturación de entre 0% y 40% podrán solicitar un Crédito a Tasa Subsidiada. La tasa
de interés para las financiaciones será en todos los casos del 15%
El trámite para acceder a un Crédito a Tasa Subsidiada se iniciará a través del sitio
web de la AFIP y los préstamos se terminan de gestionar ante la entidad bancaria
seleccionada por cada empresa.
Los Créditos a Tasa Subsidiada sólo pueden destinarse al pago de los salarios de
trabajadoras y trabajadores de las empresas beneficiadas. Por eso, el financiamiento
se acreditará directamente en las cuentas bancarias de cada una de las trabajadoras y
trabajadores.
La normativa contempla la posibilidad de convertir los Créditos a Tasa Subsidiada en
un subsidio siempre y cuando las empresas beneficiadas cumplan determinadas
metas de de empleo. Esas pautas serán establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo.