lunes, noviembre 25, 2024
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En el debut del Campeonato San Martín le terminó ganando 1 a 0 a Atlético 9 de Julio

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El Tribunal de Penas de la LNF , en uso de facultades dió por perdido a Atlético el 3 a 0 frente a San Martín

EXPTE Nº 71 (CONTINUACION):  

VISTOS:

  1. La Protesta presentada el día 15/05/19 por el Club Atl. San Martín por la indebida inclusión del jugador CROSA Juan Manuel  del club Atl. 9 de Julio en el partido de 1º Div. De del 12/05/19, cumplimentando los requisitos necesarios para dicho reclamo. (Art. 13 R. T. y P.)
  2. Con fecha 22/05/19 se recibe el descargo del club Atl. 9 de Julio por escrito.
  3. Con fecha 22/05/19 se da entrada al descargo efectuado por el Jugador Crosa Juan Manuel.

CONSIDERANDO:

  1. Que el Art. 57 del Reglamento General de la Liga Nuevejuliense de Futbol dice que “Los Clubes no podrán alegar ignorancia respecto a las resoluciones de cualquiera de los Cuerpos de la Liga que se hagan conocer por medio de boletines, notas o por intermedio de sus respectivos Delegados y Consejeros”.
  2. Que el Art. 204 del Reglamento General de la Liga Nuevejuliense a su vez, establece que “El Club que no reciba el Boletín Oficial no podrá alegar ignorancia de las constancias del mismo y las resoluciones transcriptas, debiendo por lo tanto reclamarlo directa y personalmente en la Liga, la que se lo entregará previo recibo.”
  3. Que el Art. 41 del R.T.P. expresa: “…Toda resolución o fallo del Tribunal de Penas de la Liga se hará conocer por medio del Boletín y tendrá fuerza ejecutiva desde la fecha en que se publica.
  4. En el Art. Nº 5 Inc. “d” del Reglamento General del Torneo el cual estaría vigente para el resto de la temporada oficial de torneos de la Liga 2018 dice: “Dos (2) direcciones de correo electrónico (E-Mail) las que revestirán el carácter de oficiales, pudiendo ser las mismas del Club; de Dirigentes del Club; mediante las cuales la Liga canalizara todo tipo de información, documentación; normas y/o disposiciones que se dicten durante el desarrollo del certamen, de las cuales los clubes no podrán aducir desconocimiento o bien alegar la falta de recepción en sus casillas; motivo por el cual, se hace imprescindible no contratar servidores que no puedan soportar la cantidad de material a remitir por la Liga”
  5. Atento al descargo efectuado por el club Atl. 9 e julio se procede a la consulta al Sr. Secretario de la L.N.F. don Cesar Lagorio sobre el punto “B” de las conclusiones del descargo el cual manifiesta que se envió los Boletines Oficiales del Tribunal de Penas,  en tiempo y forma, adjuntando copia de la captura de pantalla del mail enviado, como así también fueron cargados en la Pagina Oficial de la Liga. Preguntando sobre la documentación acompañada y que el citado club adjunta al descargo efectuado, es Sr. Secretario manifiesta que lo que consta en dicho papel es de su autoría, agregando que solamente figura los datos del jugador Fileccia Juan porque solo se le pregunto en el momento por dicho jugador, agrega que la información que le suministro al club atl. 9 de Julio sobre el Jugador Braian Avilés fue entregada vía telefónica con varios días posteriores a la consulta anterior  y deja bien claro que bajo ningún concepto se le formulo la consulta específicamente sobre el jugador Crosa Juan Manuel.
  6. Que con respecto al argumento alegado de que “La Copa Ciudad de 9 de Julio” carecía de importancia por ser de menor nivel, cabe destacar que dicho torneo fue Oficialmente organizado por la Liga Nuevejuliense de Futbol teniendo similar jerarquía a los Campeonatos de Primera Div. “A” y Div. “B” como consta en los Artículos 3 Inc. “2”, “3”, 4, 16, 17, 49 Inc. “f” y concordantes del Reglamento General de la “Copa Ciudad de 9 de Julio 2018”.
  7. Que el Tribunal de Penas suspendió al citado jugador el día 26/12/18 mediante el Expte. Nº 367,  por haber llegado a 5 (Cinco) Amonestaciones (Art. 208 R.T. y P) por UN PARTIDO.
  8. Que el Art. 105 del Reglamento General de la Liga Nuevejuliense de Futbol dice que “Los jugadores que estén purgando penas de suspensión efectiva, inhabilitación o expulsión, no podrán actuar como tales ni como árbitros en partidos oficiales o amistosos.”
  9. Según lo expresa en el Capitulo Nº 10 del R.T.P. en su Art. 107 “Perdida de partido cuando el equipo fuera integrado: a) Por jugador inhabilitado por cualquier causa…”
  10. Según lo expresa el T.P. en su Art. 152 “PERDIDA DE PARTIDO – RESULTADO QUE SE REGISTRA- La Pena  de pérdida de partido hace perder al quipo sancionado los tres puntos correspondientes al partido, el que se registrara con el resultado de cero gol, para el equipo castigado y un gol a favor par el otro equipo, o de cero gol para el equipo sancionado y para el otro equipo la cantidad de goles logrados en su favor si en el partido hubiera obtenido más de uno…” “…La anotación en la tabla de posiciones respectiva debe hacerse inmediatamente después de publicarse el fallo disciplinario.”

Por todo lo expuesto precedentemente SE RESUELVE:

  1. Levantar la Suspensión Provisoria impuesta al jugador Crosa Juan Manuel del club Atl. 9 de Julio según lo estableció el día 15/05/19 en el Art. 22 del R.T.P.
  2. Dar por perdido el partido disputado el día 12/05/19 de Primera División “A” entre Atl. San Martín Vs. Atl. 9 de Julio, al Club Atl. 9 de Julio por la indebida inclusión del jugador Crosa Juan Manuel, Art. 107 Inc. “A” del R.T.P., en razón de haber jugado el mismo estando Suspendido por este Tribunal con fecha 26/12/18 por Atl. 208 por Un Partido, tal como consta en el Expte Nº 367, quien fuera comunicado por los medios oficiales de la Liga en tiempo y forma ya sea en la Página de Internet o vía Mail, sin haber cumplido dicha sanción.
  3. Otorgar los tres puntos de dicho encuentro al Club Atl. San Martín, estableciendo como resultado del mismo Atl. San Martin 1 (uno), Atl. 9 de Julio 0 (cero) según Art. 152 del R.T.P.
  4. Disponer de la devolución del importe abonado en concepto de derechos de Protesta de Partido al club Atl. San Martín según lo establece el Art. 21 del R.T.P.
  5. Elevar al H. Consejo Directivo de la Liga Nuevejuliense de Futbol el punto “H” de las conclusiones del descargo presentado para su evaluación.
  6. Publíquese, notifíquese y regístrese.

EXPTE Nº 72:

Se da entrada al informe del árbitro y se da CINCO DIAS a los clubes F.C. Libertad y Atl. 18 de Octubre para que reprogramen el partido de Reserva de Ascenso Suspendido para preservar el campo de juego debido a la cantidad de lluvia caída en la fecha del partido.

EXPTE Nº 73:

PARTIDO DE PRIMERA DIV. “B” DEL 19/05/19 ENTRE ATL. PATRICIOS VS. ATL. DUDIGNAC.

SE AMONESTA a los jugadores MONTENEGRO Iván, DIAZ Leandro ambos de Atl. Patricios y MARTIN, Jesús, DELGADO Francis, CORRO Juan Ángel todos de Atl. Dudignac.

SE SUSPENDE al jugador VILLARREAL Juan (42538334) por Art. 200 Inc. “A” “2” por TRES  PARTIDOS, CORRO Juan Ángel (44050705) por Art. 208 por UN PARTIDO ambos de Atl. Dudignac.

 

EXPTE Nº 74:

PARTIDO DE PRIMERA DIV. “B” DEL 19/05/19 ENTRE DEF. DE SARMIENTO VS. ATL. LA NIÑA.

SE AMONESTA a los jugadores RODRIGUEZ Mauro, CARDELL Martin ambos de Def. de Sarmiento y CARIOLI David, SOSA Lautaro ambos de Atl. La Niña.

SE SUSPENDE a los jugadores RODRIGUEZ Martin (40810425) por Art. 200 Inc. “A” “11” por TRES                           PARTIDOS, CARBALLO Alejandro (35659747) por Art. 200 Inc. “A” “1”  por TRES  PARTIDOS ambos de Def. de Sarmiento y VEGA Gerardo (322118789 por Art.  200 Inc. “A” “1”  por TRES  PARTIDOS, VEGA Gonzalo (36993007) por Art. 201 Inc. “A”   por   DOS  PARTIDOS ambos de Atl. La Niña.

SE SUSPENDE a los Srs. GIUSSI Antonio (8529 por Art. 260, 263 “B”   por TREINTA DIAS de Def. de Sarmiento y DIEZ Martin (1497) por Art.  260, 263 Inc. “B” y 45 por TREINTA DIAS mas UN PARTIDO de Atl. La Niña.

 

EXPTE Nº 75:

PARTIDO DE PRIMERA DIV. “B” DEL 18/05/19 ENTRE ATL. EL FORTIN VS. ATL. ESTUDIANTES.

SE AMONESTA a los jugadores BARRETO Manuel, MAINERI Ivo ambos de Atl. Estudiantes.

 

EXPTE Nº 76:

PARTIDO DE PRIMERA DIV. “B” DEL 18/05/19 ENTRE F.C.LIBERTAD VS. ATL. 18 DE OCTUBRE.

SE AMONESTA a los jugadores GONZALEZ Daniel, CARDELL Nicolás ambos de F.C.Libertad y LONGARINI Diego, SOLER Wenceslao y BAZZETTA Agustín todos de Atl. 18 de Octubre.

SE SUSPENDE al jugador VILLAR Bautista (43045446) por Art. 200 Inc. “A” “3” por TRES  PARTIDOS de Atl. 18 de Octubre.

 

EXPTE Nº 77:

PARTIDO DE CUARTA DIVISION DEL 19/05/19 ENTRE S.D. 12 DE OCTUBRE VS. DEF. DE LA BOCA.

SE SUSPENDE al jugador MARQUEZ Alexis (42235490) por Art. 204  por UN  PARTIDOS de Def. de la Boca y BUSTAMANTE Jonathan (44591231) por Art. 204  por UN  PARTIDOS de S.D. 12 de Octubre.

 

EXPTE Nº 78:

PARTIDO DE CUARTA DIVISION DEL 19/05/19 ENTRE COMP. GRAL. BS. AS. VS. ATL. FRENCH.

SE SUSPENDE a los jugadores DIAZ David (32174008) por Art. 207 por UN PARTIDO de Atl. French.

 

EXPTE Nº 79:

PARTIDO DE PRIMERA DIVISION DEL 19/05/19 ENTRE AGUSTIN ALVAREZ VS. ATL. SAN MARTIN.

SE AMONESTA a los jugadores MAFFESOLI Manuel, UMBIDE Emmanuel, MUÑIZ Román, BALMACEDA Washington todos de Agustín Alvarez y HIPLINS Agustín, BAYAUT Luciano, BASSO Joaquín, GALASSI Franco, URSI Maximiliano todos de Atl. San Martín.

SE SUSPENDE a los jugadores BARBERA Hernán (34717533) por Art. 200 Inc. “A”  “8” por TRES                       PARTIDOS, GALASSI Matías (37874409) por Art.  201 Inc. “B” “1”  por DOS  PARTIDOS ambos de Atl. San Martín.

 

EXPTE Nº 80:

PARTIDO DE PRIMERA DIVISION DEL 19/05/19 ENTRE  S.D. 12 DE OCTUBRE VS. DEF. DE LA BOCA.

SE AMONESTA a los jugadores AROZAMENA Tomas,  PONCE Gustavo, TROYANO Paul todos de S. D. 12 de Octubre y CINGOLANI Mateo, AMERENINI Michael, ALUTTO Maximiliano todos de Def. de la Boca.

SE SUSPENDE al jugador MENDOZA Juan (34519265) por Art. 207 por UN PARTIDO de def. de la Boca.

 

EXPTE Nº 81:

PARTIDO DE PRIMERA DIVISION DEL 19/05/19 ENTRE  COMP. GRAL. BS. AS. VS. ATL. FRENCH.

SE AMONESTA a los jugadores DIGUARDO Daniel, BRACCO Enzo, ZALAZAR Maximiliano, RABAN Agustín todos de Comp. Gral. Bs. As. Y MIRANDA Mariano, FAVA Juan, GODOY Esteban, RODRIGUEZ Braian, MACHADO Maximiliano todos de Atl. French.

SE SUSPENDE a los jugadores ADRIEL Juan (36537667) por Art. 207 por UN PARTIDO, BARBOZA Emanuel (32729269) por Art. 207 por UN PARTIDO ambos de Comp. Gral. Bs. AS. Y VILA Alejo (43799797) por Art. 201 Inc. “B”  por DOS PARTIDOS de Atl. French.

SE SUSPENDE en forma provisoria  y se lo cita para el miércoles 29/05 a las 20.30 horas en la liga al Sr. PEDULLA Domingo de Comp. Gral. Bs. AS.

 

EXPTE Nº 82:

PARTIDO DE PRIMERA DIVISION DEL 19/05/19 ENTRE  ATL. 9 DE JULIO VS. ATL. ONCE TIGRES.

SE AMONESTA a los jugadores AVILES Braian, TEMPESTI Martin ambos de Atl. 9 de Julio y MORALES Facundo, LOSADA Kevin, IBAÑEZ Damián, LANDABURU Tomas todos de Atl. Once Tigres.

SE SUSPENDE al jugador DISARIO Ramiro (37229482) por Art.  200 Inc. “A” “8” por TRES  PARTIDOS de Atl. 9 de Julio.

 

EXPTE Nº 83:

PARTIDO DE PRIMERA DIVISION DEL 19/05/19 ENTRE  ATL. QUIROGA VS. ATL. NAON.

SE AMONESTA a los jugadores MACCARONI Tomas, ABAL Ezequiel, RUSSO Maximiliano, CORBALAN Fabricio, TOLEDO Martin todos de Atl. Quiroga y GUASTELLI Julián, PETRILLO Juan Pablo, PROL Mauricio, SOSA Germán, PROL Marcelino, LACARRA Ignacio todos de Atl. Naon.

SE SUSPENDE a los Srs. HERNANDEZ Emiliano (1575) por Art. 260, 263 y 186  por  UN   PARTIDOS, LEVY Fernando (1533) por Art.  260, 263 y 186  por UN  PARTIDOS ambos de Atl. Quiroga.

 

EXPTE Nº 84:

PARTIDO DE CUARTA DIVISION DEL 19/05/19 ENTRE  ATL. QUIROGA VS. ATL. NAON.

SE SUSPENDE a los jugadores SILVESTRE Gaston (31530736) por Art. 207 por UN PARTIDO, BONOLDI José (41075535) por Art. 207 por UN PARTIDO ambos de Atl. Naon.

 

EXPTE Nº 85:

Por el Art. 77 del reglamento de Transgresiones y Penas se emplaza por el término de CINCO DIAS para regularizar su situación con la Liga a los clubes:

  • CUOTAS LIGA: Agustín Alvarez, Atl. 9 de Julio, Atl. French, S.D. 12 de Octubre, Atl. San Martín, Atl. Quiroga, Def. de la Boca, Dep. San Agustín. (PRIMER AVISO)

 

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