En vigencia de la Ordenanza Municipal 4.404, sancionada en el año 2005, y que reglamenta la circulación y estacionamiento de camiones, camiones jaulas, acoplados, semiacoplados, maquinarias e implementos agrícolas, tractores, ómnibus, microómibus y casa rodantes, con las excepciones referidas a la carga y descarga de mercaderías, la Municipalidad de Nueve de Julio recuerda su aplicación.
La referida área de restricción está delimitada por las avenidas, Compairé, Presidente Perón, Gral. Urquiza y Agustín Alvarez; así como las zonas comprendidas entre las calles General Paz, entre Mendoza y Arturo Frondizi y Arturo Frondizi y Mendoza, entre General Paz y General Uquiza, y los pasajes existentes dentro de la planta urbana.