El derecho a peticionar está resguardado por la constitución. Es un principio que en la argentina desde hace muchos años avasalla a otros que también tienen igual jerarquía por la Carta Magna.
A diario se ve que se cortan calles y se viola el derecho a transitar. Se agrava cuando se impide que una ambulancia pase con un paciente en riesgo y se vulnera otro derecho de igual rango a los anteriores – peticionar o reclamar y tránsito- y a su vez, el de la salud ya que ese traslado va en resguardo y cuidado de quien necesita con urgencia ser atendido. Es triste, pero es la realidad. Los piquetes al cortar calles o rutas vulneran el derecho al tránsito. Reclamar tiene protección constitucional. Transitar también. Sin embargo- repetimos- los grupos de manifestantes rompen esa igualdad, por la que se debe trabajar para alcanzar el equilibrio y que ambas convivan. De esto son responsables ciudadanos (no cometer atropellos) y fundamentalmente las autoridades que deben hacer cumplir lo normado por la Constitución.
En la noche del viernes 13 de abril, 20 manifestantes de Nueve de Julio que lo hacían por una vivienda pasaron una raya que debe ser tenida en cuenta para que no se repita el accionar.
Tras expresar su reclamo ante la municipalidad – sabían que se iban a encontrar con las puertas cerradas por la hora de la movilización – se fueron a la casa del Intendente.
Tienen derecho a reclamar pero en el ámbito que corresponde. Esto es, en el Palacio Comunal.
Nadie tiene derecho a vulnerar la privacidad de un vecino, que más allá de su rol, en este caso, el de jefe de familia, padre y ciudadano con los mismos derechos que los restantes miembros de la comunidad. Haber pasado la raya – independientemente de la razón del reclamo en un ámbito que no es el correcto – rompe una norma que jamás se ha visto en las movilizaciones más virulentas que ha vivida la sociedad a lo largo de todos estos años.Mucho menos en Nueve de Julio.
Esa conducta, propia de los autoconvocados o inducida por factores exógenos solo se vio cuando se decidió ‘escrachar’ a juzgados por violación a los derechos humanos y que en lugar de estar en un penal gozaban de un arresto domiciliario. Esas personas habían pertenecido a un gobierno de facto. Nadie, además los había elegido.
Ir a la casa particular de un funcionario elegido por el pueblo, de dialogo, que trabaja a la luz del día, que goza del consenso general de la población por su accionar cívico, es faltar el respeto que debe ser repudiado para que no se repita. Además, lo expone a otras situaciones de riesgo posible como es la inseguridad, ya que la comunidad se entera de su lugar privado al que eligió para vivir en familia.
Nueve de Julio, más allá de diferencias entre personas que encarnan roles pero que lo hacen en defensa de principios, ideas o intereses, es una ciudad amigable. Se puede dialogar y convivir amablemente. Haber pasado la raya de peticionar en un ámbito que no es el asiento de las actividades del funcionario es un atropello y abierta violación a la esfera de intimidad familiar. Cuál es el derecho de molestar a vecinos, asustar y angustiar a una niña de 8 años, a un niño pequeño que se encuentra en su hogar al cuidado de su padre, y que todavía no entienden que a quien le dicen papá es la máxima autoridad de un distrito?.. pero que al escuchar improperios a su progenitor se asustan sin comprender el porqué, que es de los adultos?
El derecho a peticionar debe hacerse en el ámbito que corresponde y dentro de los límites que la ley y la constitución brinda. Hacerlo por fuera, desnaturaliza el reclamo ya que se convierte en reprochable por conducta indebida y atropello a la intimidad de un hogar.
Las razones del la movilización son para otro análisis ya que quien la encabezaba al haber señalado que “no queremos que nos regalen nada, aceptamos un plan de pago”, omitió decir que se lo ayudó y que rechazó tres empleos municipales.