El gobierno Nacional ha tomado una decisión que ha desatado una gran polémica en la sociedad argentina.
A través de una disposición publicada en el Boletín Oficial, el Ejecutivo ha habilitado el uso de los términos “idiota”, “imbécil” y “débil mental” para clasificar a las personas con discapacidad intelectual. La medida ha generado un fuerte rechazo por parte de especialistas en derechos humanos, asociaciones de personas con discapacidad y expertos en el área de salud mental, quienes han denunciado que la medida contradice normas de derecho nacional e internacional.
Clasificación controvertida: ¿un retroceso en la inclusión?
Según la normativa publicada, las personas con discapacidad intelectual serán clasificadas en función de su edad y nivel de discapacidad. La categoría “idiota” corresponderá a las personas con discapacidad intelectual en el rango de edad de 0 a 30 años, mientras que “imbécil” se asignará a aquellas entre 30 y 50 años. Para las personas de entre 50 y 60 años se utilizará el término “débil mental profundo”, mientras que para quienes se encuentran entre los 60 y 70 años se asignó “débil mental moderado” y para quienes tienen entre 70 y 90 años “débil mental leve”.
El uso de estos términos ha sido duramente criticado por su carácter despectivo y estigmatizante. A lo largo de la historia, términos como “idiota” e “imbécil” han sido utilizados de manera peyorativa, no solo para referirse a las personas con discapacidad, sino también para denigrar a aquellos considerados “diferentes” o “inferiores” por sus condiciones físicas o mentales. La decisión de reintroducir estas expresiones ha sido considerada un retraso considerable en la normativa y manera de denominar a los discapacitados.
La violación de acuerdos internacionales
Numerosos especialistas han señalado que esta medida viola varios tratados internacionales que protegen los derechos de las personas con discapacidad. Entre ellos se destaca la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas, que Argentina ratificó en 2008. Este tratado promueve la inclusión, la igualdad de oportunidades y el respeto por la dignidad humana de las personas con discapacidad, y establece que no deben ser objeto de discriminación ni estigmatización. La medida del Gobierno Nacional, según estos expertos, contraviene el espíritu de la Convención, que condena el uso de lenguaje despectivo y discriminatorio hacia este colectivo.
El Decreto 843/2024 establece que las personas que deseen recibir una pensión no contributiva por invalidez laboral deben someterse a una evaluación médica, siguiendo los criterios detallados en el Anexo I. El objetivo de esta evaluación es determinar la necesidad del beneficio, que se otorga solo a quienes presentan una incapacidad total y permanente para trabajar. Para ello, los solicitantes deben presentar un certificado médico oficial, un resumen de historia clínica y estudios complementarios.
El documento también detalla los lineamientos para enfermedades específicas, como las de la piel, huesos, respiratorias, cardiovasculares, entre otras. No obstante, la mayor controversia surgió cuando el anexo se refirió a las discapacidades psiquiátricas utilizando términos considerados obsoletos y peyorativos.
Términos discriminatorios y obsoletos
En el apartado sobre discapacidades psiquiátricas, el Anexo I emplea términos como “retardos mentales” para describir diversas condiciones, y clasifica a las personas según su coeficiente intelectual (CI) utilizando denominaciones que muchos consideran insultantes. Los términos “idiota”, “imbécil” y “débil mental”, que figuran en el documento, han causado indignación entre defensores de los derechos de las personas con discapacidad.
Esta nueva normativa ha recibido el rechazo de múltiples organizaciones de personas con discapacidad. La Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), junto a otras entidades, presentaron un reclamo formal al gobierno para derogar el decreto. Eduardo Quiroga, abogado de la ACIJ, expresó que los términos utilizados refuerzan la discriminación histórica hacia las personas con discapacidad. Según Quiroga, estos términos “obsoletos y peyorativos” violan la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que establece la obligación de los Estados de promover el respeto y la dignidad de estas personas.
Por su parte, Gabriela Troiano, presidenta de la Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI), acusó al gobierno de perpetrar un “acto de violencia institucional sin precedentes”. Según Troiano, el uso de estos términos en un documento oficial es un reflejo de “profundo desconocimiento” sobre las personas con discapacidad y sobre la legislación vigente en Argentina, que promueve un trato respetuoso hacia este colectivo.