- Fomentar la inversión y producción de sectores estratégicos que generen valor agregado.
- Impulsar la generación de empleo calificado y/o registrado.
- Promover el desarrollo de proveedores provinciales.
- Fomentar la promoción, desarrollo y transferencia de nuevas tecnologías, conocimientos e innovación.
- Diversificar la matriz productiva.
- Aumentar las exportaciones provinciales y/o la sustitución de importaciones.
- Promover un desarrollo territorial más equitativo.
- Desarrollar nuevos sectores productivos.
Podrán presentar proyectos “personas jurídicas constituidas en la República Argentina o habilitadas para actuar dentro de su territorio con ajuste a sus leyes, debidamente inscriptas” y “uniones transitorias, agrupaciones de colaboración y los consorcios de cooperación regulados por el capítulo 16 del título IV del libro III del Código Civil y Comercial de la Nación”.
Los sectores a los que apunta el régimen son la industria manufacturera, servicios (incluye de turismo, logística, y otros servicios), industrias culturales, salud y recursos naturales (incluye minería, energía, petróleo y gas). Además “podrán estar alcanzados por el presente Régimen aquellos proyectos que sean declarados de interés estratégico por el Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires”.
Y se podrán presentar proyectos para “planta o inversión nueva”, “ampliación de planta o instalaciones existentes” y “un nuevo proceso productivo que no impliquen reducción del empleo”.
Según el monto de inversión, los proyectos se dividen en tres grupos: de 5 a 50 millones de dólares (M US$); de 50 a 200 M US$; y más de 200 M US$.
Los que se logren acogerse al RIGI bonaerense tendrán exenciones fiscales parciales sobre los impuestos de Ingresos Brutos, Inmobiliario y de Sellos. Estos beneficios durarán hasta 30 años, siempre que se verifique que el proyecto cumple con las finalidades del régimen.