viernes, septiembre 6, 2024
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Jueza María Florencia Valinoti: El Tribunal de Casación Penal bonaerense le rechazó un recurso de queja confirmando condena por incumplimiento de deberes y falsedad ideológica

Se trata de la titular del Juzgado 1 donde la Sala Cuarta del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires lo hizo 'por inadmisible' y es la segunda apelación denegada

Dra. María Florencia Valinoti
Resolución casación

En un fallo que podría ser definitivo emitido por la Sala Cuarta del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, se ha rechazado por improcedente el recurso de queja presentado por María Florencia Valinoti, confirmando así la sentencia inicial dictada por el Juzgado en lo Correccional Nº 3 de Mercedes, a cargo de la Dra. María Teresa Bomaggio, en una causa que se le iniciara por incumplimiento en los deberes de magistrada.

La Dra. María Florencia Valinoti, actual Jueza de Faltas de la Municipalidad de Nueve de Julio, del Juzgado 1, había sido condenada previamente a un año y medio de prisión en suspenso y tres años de inhabilitación para ejercer cargos públicos por los delitos de incumplimiento en los deberes de funcionario público y falsedad ideológica de instrumento público, en la causa 7986.

La historia judicial de Valinoti, luego de ese proceso con sentencia condenatoria, siguió con un recurso de apelación ante la Sala III de la Cámara de Apelación y Garantía en lo Penal de Mercedes, el cual fue desestimado por considerarse inadmisible en febrero de 2023. Posteriormente, el caso fue elevado al Tribunal de Casación mediante un recurso de queja, argumentando disconformidad con las decisiones previas de los jueces Camilo Petitti e Ignacio Gallo, quienes rechazaron el recurso de apelación por inadmisible, añadiendo que lo resuelto por el Juzgado en lo Correccional N° 3, ‘era correcto’.

Ahora, el Tribunal de Casación reprochó al abogado defensor de la Jueza, Dr. Eduardo Vaira, por presentar una queja en un ámbito incorrecto, indicando que esta instancia judicial es válida cuando se considera que las resoluciones de los magistrados no se han ajustado a derecho. Sin embargo, en este caso, el rechazo se fundamentó en que las decisiones anteriores sí estaban ajustadas a derecho, es decir, se aplicó la ley de manera correcta. Y además, el tribunal de casación determinó que, según la ley vigente (específicamente la ley 13.812), su competencia se limita a ciertos tipos de casos, excluyendo explícitamente aquellos de naturaleza correccional como el presente.

Con este último revés judicial, María Florencia Valinoti enfrenta ahora dos opciones: podría optar por renunciar tras la notificación del fallo, evitando así el riesgo de ser detenida si se hiciera efectiva la condena en suspenso. De lo contrario, podría intentar una nueva apelación ante la Suprema Corte de Justicia bonaerense, recurriendo nuevamente en queja, aunque esto implicaría el riesgo de otro posible revés judicial, por apelación fuera de término, o por aplicación de fallos anteriores del máximo tribunal en situaciones similares, que los rechazan.

El caso de Valinoti ha generado gran atención debido a su posición como jueza de faltas y las serias acusaciones que enfrenta, las que estarían quedando acreditadas, es decir, firmes.

Con esta decisión, el Tribunal de Casación confirma la sentencia de primera instancia que dejó a Valinoti condenada, cerrando así la vía recursiva ante este tribunal y remitiendo el caso a la instancia judicial correspondiente.

Esta resolución marca un precedente respecto a la interpretación y aplicación de la legislación procesal penal en la provincia, subrayando la importancia de adherirse estrictamente a los límites competenciales establecidos por ley en la revisión de sentencias.

El fallo también menciona la reserva del Caso Federal y la postergación de la regulación de honorarios del letrado interviniente hasta una instancia posterior o decisiva.

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