domingo, noviembre 24, 2024
domingo, noviembre 24, 2024

El límite de exclusión de las aplicaciones periurbanas es de 200 metros desde el fin del poblado

Lo hizo saber la Dirección de Espacios Verdes y Control de Plagas municipal

Desde la Dirección de Espacios Verdes y Control de Plagas de la Municipalidad de Nueve de Julio se mantienen charlas permanentes con productores y técnicos, quienes se acercan para interiorizarse sobre cómo proceder correctamente en las aplicaciones periurbanas.

En esta instancia se recuerda que la ordenanza vigente es la 4821/2009 en su artículo 4 pone cómo límite de exclusión 200 metros desde el fin del poblado.

En cuanto a la documentación, se recuerda que se necesita presentar con anticipación la receta agronómica y el carnet de aplicador vigente al correo electrónico [email protected].

Esta documentación se chequea, y en caso de cumplir los requisitos, se da aviso a la Policía o a los delegados Municipales en el caso de las localidades; y se autoriza el procedimiento.

Una vez finalizado el trabajo por el aplicador, el productor o el técnico profesional deben especificar y asentar las condiciones ambientales en qué fue realizada la pulverización.

Luego, esta acta, debe ser enviada al correo antes mencionado.

Desde la mencionada cartera municipal se sugiere acercarse a las oficinas en el Palacio Municipal por dudas o consultas, o dirigirse al correo [email protected]; mientras que para solicitar reunión con un funcionario pueden comunicarse al 610000 interno 136.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Últimas noticias