En la nota de hoy, los vencimientos y cambios impositivos a tener presente a la hora de administrar nuestro hogar o empresa, para no perderte ningún beneficio:
• En cuanto a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA):
o El 9 de marzo vence la cuota 1 del Inmobiliario Rural, y la cuota 1 del Inmobiliario complementario.
o En cuanto al impuesto automotor para la provincia de Buenos Aires, vence el 21 de marzo vence la cuota 1 y en su defecto la cuota anual.
Recordá que si pagás en término obtenés un 20% de descuento. Para imprimir la boleta, ingresa a la página web de ARBA, accediendo al siguiente link:
https://app.arba.gov.ar/LiqPredet/InicioLiquidacion.do?imp=0&Frame=NO&origen=WEB
o Control fiscal agropecuario vence el 15 de marzo:
El Control Fiscal Agropecuario es un régimen de información que deben cumplir los contribuyentes del impuesto inmobiliario Rural de la provincia de Buenos Aires, cuya superficie total, considerada de manera individual o conjunta, resulte igual o superior a las cincuenta hectáreas.
¿Cómo se realiza la información?
Se presenta una declaración jurada vía web, en www.arba.gob.ar, pestaña “Agentes”, luego “Agentes de Información”, de allí ingresar a “Control Fiscal Agropecuario”, opción “Presentación de Declaración Jurada (DDJJ)”, se necesita conocer el CUIT y CIT (Clave de Identificación Tributaria).
Los datos a suministrar son los siguientes:
Número de partida inmobiliaria.
La referida a las actividades agropecuarias, o de otra índole económica, que se desarrollan en los inmuebles, especificando el objeto de la explotación (agricultura, ganadería, forestal, otras) realizada en cada partida.
Cuando las actividades sean desarrolladas por terceros, deben informarse los contratos en virtud de los cuales se hubiere cedido el inmueble para su explotación, sean escritos o no, gratuitos u onerosos, de naturaleza asociativa o no, indicando la superficie, fecha de celebración, plazo de vigencia y monto del contrato o porcentaje de distribución de los frutos de la explotación, como así también los datos de cada una de las partes contratantes.
CUIT de los condóminos, es decir si hubiera más propietarios del inmueble rural, con indicación de porcentaje de dominio que corresponda a cada uno de ellos en cada partida.
Esta declaración jurada es anual, y vence el 15 de marzo del año siguiente al que se está informando.
Para consultar si estás obligado a realizar esta presentación, podes ingresar a http://www10.arba.gov.ar/AItramites/consultaPorPartida.do?method=loadForm
• A nivel nacional, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP):
o Para los productores agrícolas es imprescindible informarle al contador los datos para completar la Información Productiva 3 “IP3” desde el 01/03/2023 al 31/03/2023, ambos inclusive. Esta consiste es declarar las Existencias de trigo de todas las campañas respecto a las variedades detalladas en el “Anexo IP 3 – Existencias de trigo”, al último día de febrero.
Se incluirán como existencias los productos comercializados a partir del día 1º de marzo, inclusive, de cada año.
Cabe recordar que esta obligación surge a partir de esta campaña 2022-2023.
Nos encontramos el próximo miércoles, con más datos impositivos, administrativos, y financieros.