Este miércoles les acerco algunas noticias que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha publicado en su página web y que son muy importantes para nosotros los contribuyentes.
- Nos alerta de correo electrónicos falsos.
El correo electrónico es un medio de comunicación usado por particulares como por empresas. Aunque ahora con WhatsApp ha perdido un poco de terreno. Esta herramienta está siendo utilizada para cometer estafas. Por lo que AFIP alerta de estas maniobras delictivas, realizando pedidos de información personal falsos por correo y por redes sociales.
La AFIP al igual que los bancos, nunca solicitas pagos, ni datos personales, ni claves por mail, redes sociales o teléfono por lo que, si te los piden por estos medios, se trata de un fraude.
Las comunicaciones oficiales del organismo se pueden leer en el domicilio fiscal electrónico, desde la web de AFIP o en la aplicación móvil Mi AFIP.
Esta es una imagen del correo electrónico falso:
- Por deuda de impuestos anuales: para obligaciones vencidas a partir del 1 de enero de 2023 del impuesto a las ganancias y del impuesto sobre los bienes personales.
- Por deuda previsional de monotributo y autónomos
- Por deuda aduanera
- Por deudas provenientes de la actividad fiscalizadora de AFIP
- Otra noticia es el nuevo plan de financiación de deudas para con AFIP mediante la Resolución General 5321 – Plan de Facilidades de Pago Permanente”.Planes especiales: para los afectados por la emergencia agropecuaria, estado de desastre declarado en determinadas zonas del país y quienes desarrollen actividades sectoriales afectadas por circunstancias particulares.Otra información, es la nueva escala para personal de casas particulares o servicio domestico, con retiro y sin retiro, publicando los valores por hora y por mes, para el mes de enero 2023 a pagarse en los primeros días de febrero.
- Otra noticia es el nuevo plan de financiación de deudas para con AFIP mediante la Resolución General 5321 – Plan de Facilidades de Pago Permanente”.
- En esta oportunidad, se dividirá a los solicitantes en pequeños contribuyentes, micro, pequeñas y medianas empresas tramos 1 y 2, entidades sin fines de lucro y demás contribuyentes, existiendo condiciones diferentes para los distintos grupos.
Los planes de financiación serán por:
• Por deuda general: para obligaciones impositivas y previsionales.
Nos encontramos la próxima semana, por Cadena Nueve, con más información de interés. –
Fuente de Información: Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)