domingo, noviembre 24, 2024
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Agenda de Octubre: productores agrícolas a no olvidar informaciones a AFIP

Escribe para Cadena Nueve, Mariana Lucarelli de interés para los contribuyentes y empresarios

Como cada miércoles en Cadena Nueve, escribo esta columna para empresarios, productores, y todo aquel que quiera emprender.

La producción agrícola a diferencia de otras actividades económicas requiere estar con agenda en mano para recordar el esquema de informaciones a presentar a la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) en el SISA (SISTEMA DE INFORMACIÓN SIMPLIFICADO AGRÍCOLA)

Durante el mes en curso debe efectuarse la Información Productiva 1 “IP1”: Desde el día 1 al 31 de octubre de cada año, ambos inclusive.

Declarando:

  • En cuanto a las existencias o stock, declarar lo que posea el productor al 30 de septiembre de cada año, correspondiente a todos los cultivos ya sea que los granos estén en establecimientos propios y/o de terceros como también si se posee mercadería de terceros en instalaciones propias.

Cuando se informa mercadería en establecimiento de terceros, se debe informar el CUIT del depositario, ya que es mercadería que aún no ha sido liquidada.

  • En cuanto a la superficie agrícola, solo debemos indicar en esta oportunidad las hectáreas destinadas a cultivos de invierno de la campaña 2022-23 o los que se conocen como cosecha fina, en el caso del trigo y la cebada también deberá declararse la variedad sembrada.
  • Además los que comenzamos a completar desde la web de dicho organismo nacional de recaudación nos encontramos con la novedad de que debe informarse Campos propios/Explotados sin stock de granos: corresponde a los campos que sin poseer existencias pueden ser receptores de granos de propia producción en próximas campañas y así permitir emitir cartas de porte. Aunque hay que aclarar que si no se completa, el sistema igualmente permite presentar la declaración.

Cabe aclarar que hasta la campaña 2021-2022, solo debían realizarse dos presentaciones. A partir de la Resolución General Conjunta 5236 publicada el 20 de julio de este año, se agregan tres presentaciones más a realizarse a partir de la campaña agrícola 2022-2023 inclusive.

Es sumamente importante ser organizados en este punto, los productores deben informar a sus contadores sobre los proyectos de siembra que tengan y sus cosechas, para no incurrir en errores.

Los profesionales en Ciencias Económicas tenemos que contar con conocimientos para poder cargar adecuadamente los puntos de georeferencia de los campos e información sobre cuáles son cultivos de verano y  cuáles de invierno para no cometer errores.

Antes de esta resolución sólo debían presentar la información productiva 1 explicada al comienzo de esta nota y la información productiva 2.

Información Productiva 2 “IP2”: Desde el día 1° de diciembre hasta el último día del mes de febrero del año siguiente, ambos inclusive. Dando a conocer la superficie agrícola destinada a los cultivos de verano, también llamados de cosecha gruesa, estos son: algodón, amapola, amaranto, arroz, chía, girasol, lupines, maíz, maní, poroto, quínoa, sésamo, soja, sorgo y otros granos considerados dentro de este grupo.

¿Qué se agrega para la campaña 2022-23 mediante la RG conjunta 5236?

Existencias de trigo respecto a las variedades detalladas en el “Anexo IP 3” es decir Existencias de trigo al último día del mes de febrero de cada año: desde el día 1 y hasta el día 31 de marzo del año en que se declara, ambos inclusive.

Se incluirán como existencias los productos comercializados a partir del día 1 de marzo, inclusive, de cada año.

Producción de granos detallados en “Anexo IP 4 – Producción I”: desde el día 1° de enero y hasta el último día de febrero, se declara de los granos de Produccion de Invierno. (a partir de campaña de presentación 2022/2023).

Producción de granos detallados en “Anexo IP 5 – Producción II”: desde el día 1 de agosto y hasta el día 30 de septiembre, ambos inclusive, se declara la producción de Verano (a partir de campaña de presentación 2022/2023).

¿Qué sucede si olvido este régimen de información ante AFIP?

Se impedirá el registro de los contratos (como por ejemplo arrendamientos, aparcerías, etc.),hasta tanto se subsane el incumplimiento.

También puede ocasionar cambios en el scoring o puntaje del productor en el SISA, lo que hará  que sea pasible de mayores retenciones de iva y de ganancias.

Además, puede suceder que no le autoricen las  Cartas de Porte Electrónicas,  necesarias para el traslado del cereal, o sea se generan  problemas operativos.

Por lo que la agenda del productor está marcada de anotaciones, de meses en los que debe prestar atención ( enero, febrero, marzo, agosto, septiembre y octubre) y hablar con su contador  para realizar sus presentaciones para no tener inconvenientes que eleven los costos de la empresa.

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