En la vida de cada persona, como en política hay hilos conductores que diferencian a personas, grupos o comportamientos.
Como el diagnóstico de un terapeuta, la crisis que azota a nuestra sociedad tiene a la pirámide que da nacimiento al sistema de ordenamiento de convivencia en lo más alto. La cúspide de la organización jurídica es la Constitución Nacional.
Zanjada esa diferencia se podrá construir. De lo contrario, de no poner en el tapete esa discusión se seguirá argumentando sin ir a la célula central, como el átomo en el universo.
Los lineamientos de las constituciones liberales surgieron en la segunda mitad del Siglo XVIII, a partir de las grandes revoluciones de la época: la norteamericana de 1776 y la francesa de 1789. Fueron el resultado de los pueblos a las decisiones absolutas de los reyes o imperios.
Desde entonces las sociedades se fueron construyendo en lo político, entendiendo que la soberanía radica en el pueblo anteponiéndose al derecho divino que le alcanzaba a los reyes.
Salvo excepciones, como China que construye en el tiempo al igual que el Estado del Vaticano, el resto de las naciones lo fueron haciendo sobre lo más inmediato. Desde entonces, los países fueron generando sus desarrollos teniendo presente estos postulados. Los de la denominada Constitución liberal.
Y que significa ello.
Veamos. Para empezar, es la forma de gobierno que consiste en una democracia representativa. Su Carta Magna traza los lineamientos que regula sobre la protección de los derechos y las libertades individuales y colectivas.
Los derechos y las libertades garantizados normalmente incluyen gran parte de los siguientes derechos: a un debido proceso, a la intimidad, a la propiedad privada y a la igualdad ante la ley, la libertad de expresión, asociación y culto. Esos derechos suelen ser regulados mediante una ley. Además generalmente existen instituciones civiles con la capacidad de administrar o reforzar dichos derechos, de tal manera que lleguen con claridad al resto de la gente.
Para que se siga entendiendo, el término “liberal” dentro de la expresión “democracia liberal” no implica que el gobierno de una democracia de este tipo responda a la ideología política del liberalismo, si bien el concepto puro de “democracia liberal” nació de la corriente del liberalismo político. Por entonces algunos derechos, como el de la propiedad eran absolutos. En la actualidad, en argentina, todos los derechos son relativos. Y en el mundo donde estas constituciones rigen, las libertades democráticas están limitadas.
Veamos, también en un pantallazo, aspectos de la denominada constitución social. El término constitucionalismo social comienza a tomar fuerza en el Siglo XX. Refiere a un movimiento universalista que defiende y promueve la incorporación a las constituciones, de los derechos sociales que tuvo su inicio con la sanción de la Constitución de México de 1917, resultado directo de la Revolución mexicana, por dar un ejemplo en América.
En Argentina, la primera innovación y poco conocida, fue en la Constitución de la Provincia de Mendoza en 1916 y la Nacional de 1949, durante el primer gobierno de Juan Domingo Perón. Más tarde, en Alemania, con la Constitución de la República de Weimar en 1919; y en España con la Constitución española de 1931.
Las constituciones sancionadas en el siglo XIX, a cuyo esquema responde la argentina de 1853, seguían el modelo liberal y sólo consideraron los derechos del individuo sin tomar en cuenta su posición en la sociedad.
Las constituciones sociales que aparecen en el siglo XX agregaron los llamados derechos sociales en los cuales se contempla la posición del individuo en la sociedad, fundamentalmente en su carácter de trabajador.
En general, el derecho del trabajo se incorpora a las constituciones del mundo con la necesidad de reconstrucción luego de la posguerra: Francia (1946), Suiza (1947), Italia, Luxemburgo (1948), etc. En los Estados Unidos surgió la Carta de la Seguridad Social.
Y en ese modelo de pos guerra aparece el Estado como regulador y equilibrio de atropellos a quienes querían sacar ventajas de las necesidades de los mal pertrechados como consecuencia de lo bélico, donde el hambre era el protagonista, por la ausencia de trabajo.
En Latinoamérica, incorporaron los derechos sociales, además de las constituciones de México de 1917, Chile en 1925- ahora está discutiendo una nueva carta Magna- , Perú en 1933, Uruguay en 1934, Bolivia en 1938, Cuba en 1940, Panamá en 1941, Brasil en 1946, Argentina en 1949 luego reemplazada en 1957, Costa Rica en 1949 y El Salvador en 1950 por citar algunas transformaciones que se fueron dando en países del continente americano.
Además, se sumaron principios que fueron vinculados con la creación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en 1919, y muchas de sus invocaciones se incorporaron al Preámbulo de su Constitución, con validez universal.
A la Constitución de 1853, con sus reformas se le añadió en 1993 aspectos de la constitución social. Nacieron del denominado ‘Pacto de Olivos’.
Al tironeo desde sus orígenes, entre unitarios y federales, donde las discusiones estaban arraigadas en los modelos de constitución federal o unitaria, en la historia del país se sumaron los de los lineamientos de las constituciones, en el siglo XX y siguen en el XXI.
En la actualidad, tanto en la Constitución Nacional que incluyó aspectos de la democracia social al comienzo de la década del ’90, como todas las Cartas magnas de cada Provincia que se sumaron a esa corriente reformadora de entonces, sumaron postulados de las constituciones sociales. Sin embargo no se ha podido convivir aceptando esos cambios y transformaciones que caracterizan a la evolución del mundo.
Entendiendo que la construcción de las naciones se hace sobre lineamientos esenciales que garantizan la convivencia entre las personas en lo jurídico y social, donde el equilibrio es esencial, como en la vida misma, los extremos, serán desplazados lenta y paulatinamente. Las personas, en su amplia mayoría, y esto es universal, buscan vivir en paz.
Los que se quedaron en los postulados puros, seguirán vociferando en solitario, pero dañan el espectro auditivo y visual con las imágenes marginales que construyen.
A repensar, convivir en tolerancia y lo mejor de la paz.
Escribe para Cadena Nueve, Ramiro Parra