El 22 de mayo de 1810, un cabido abierto, organo de expresión de entonces de las deciones del virreynado del Río de la Plata, reunia a vecinos para decidir sobre la continuidad o no del virrey Cisneros, ya que España estaba invadida por Napoleón y gobernaba Francia.
De 451 vecinos de Buenos Aires, convocados, 250 concurrieron para resolver si el Rey, Fernando VII, prisionero de los franceses y por lo tanto, Cisneros no tenía referente en la toma de sus decisiones, debía seguir o no en la conducción del mando y ejerciendo actos de gobierno.
El derecho español, preveía como legítima la reunión de un Cabildo Abierto, ya que estaba establecido que cuando se producía la vacancia del trono, la soberanía volvía al Cabildo, organismo que representaba al pueblo.
En el Cabildo Abierto se reunían los vecinos, que debían cumplir una serie de requisitos para ser considerados tales. Se debía tener casa poblada, armas y caballo y su residencia debía datar de una serie de años, sin ausencias, ya que en tal caso se debía dejar a algún hombre con condiciones similares en su reemplazo, debiendo cada vecino contribuir a la defensa de la ciudad. Como beneficios contaban con franquicias y permisos comerciales y del sistema de encomiendas, pudiendo desempeñar cargos en el Cabildo, previa petición y aprobación que se hacía constar en un libro.
A la sesión concurrieron 56 militares, 4 marinos, 18 alcaldes de barrio, 24 clérigos, 20 abogados, 4 escribanos, 4 médicos, 2 miembros de la audiencia, 2 miembros del Consulado, 13 funcionarios, 46 comerciantes, 18 vecinos y 15 personas sin calificación. Totalizaron 251 concurrentes, a pesar de que se proyectaron 600 invitaciones, que se vieron reducidas por vía de selección a 450, y por presión de los criollos, muchos concurrentes se vieron imposibilitados de acceder a la Plaza.
Tras la apertura del debate por el escribano, Justo Núñez, el primer expositor fue el obispo Lué, quien en su discurso se manifestó por la continuidad de la dominación española en América, confiriéndole esa potestad a cualquier español libre de la dominación francesa.
El abogado Juan José Castelli se pronunció por la soberanía del pueblo de Buenos Aires quien la había adquirido, por la disolución de la Junta Central, que tenía poderes indelegables, por lo tanto no eran legítimos los atribuidos al Consejo de Regencia.
El fiscal Villota basó su argumentación de defensa del poder español, en que Buenos Aires no podía por sí sola atribuirse la representación de toda la América española (opinión que ya había vertido Cisneros en su pronunciamiento). Además, rescató la legitimidad del Consejo de Regencia, al haber sido reconocido por los pueblos.
El abogado Juan José Paso, reconoció que Buenos Aires no podía decidir por sí sola, pero se subsanaría ese defecto necesario, ya que la decisión de la cuestión era urgente, estableciendo un gobierno provisorio que luego, se transformaría en definitivo, cuando pudiera hacerse la consulta general.
Ruiz Huidobro, militar, apoyó la destitución del virrey al haber cesado en su cargo Fernando VII, en cuya representación gobernaba.
La votación se realizó en forma pública. Por la destitución del virrey se expresaron 162 votos y 64 por su continuidad, cuyo recuento por lo avanzado de la hora se realizó el 23 de mayo. La fórmula más votada fue la de entregar el mando al Cabildo de la capital, quien establecería el modo de designación de una Junta, posición que coincidía con la opinión de Cornelio Saavedra.
Se ponía en marcha el principio de la soberanía del pueblo.
A 211 años de aquel hecho histórico, se viven muchos ‘Cabildos Abierto’ en muchos sectores sociales y politicos, careciendo de un rumbo con políticas de Estado, firmes, a seguir como objetvos hacia un país engrandecido, soñado como gloriosos nación.