La ANMAT -Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica – informa que a través de la Dirección General de Bromatología, y de acuerdo a lo establecido en el artículo 1415, Anexo 1, numeral 4.1.1 del Código Alimentario Argentino, concordando con los artículos 2, 9, 11 de la ley 18284, esta oficina procederá al retiro preventivo del producto Aceite comestible marca “CARACAS girasol blends”, R.N.E. Nº 01-000585, R.N.P.A. Nº 01- 037505, del mercado categorizado como clase III, lo que significa que presenta una baja probabilidad de consecuencias adversas para la salud de los consumidores pero constituye una infracción.
Por lo expuesto se solicita que en caso de detectar la comercialización del producto en cualquier presentación y fecha de vencimiento se comunique con dicha oficina cita en Cavallari 121, tel 610086.