La justicia federal de Dolores ha dictado una medida cautelar que dispone que las prestatarias del servicio NO DEBERÁN CORTAR EL SERVICIO DE GAS por reclamos derivados de la falta de pago, señala DEUCO 9 de Julio.
La ONG que protege los derechos de Usuarios y Consumidores añade que concretamente en la Causa FMP 025131/2018 en trámite ante el Juzgado Federal de Dolores (Bs As) en los autos iniciados por la asociación “Consumidores Argentinos” el juez Alejo Ramos Padilla ha decidido: “DISPONER como medida cautelar interina que todas las prestatarias del servicio de gas del país se ABSTENGAN de llevar adelante cualquier corte o suspensión del servicio de gas a partir del día de la fecha derivado de la falta de pago. A tal efecto la comunicación de esta decisión deberá ser llevada adelante por ENARGAS”.