jueves, diciembre 26, 2024
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El Senado bonaerense convertiría en Ley el Juicio por Jurados

El Senado bonaerense aprobaría una ley para instaurar en los tribunales bonaerenses los juicios por jurados. El proyecto tuvo acuerdo en la Comisión de Asuntos Constitucionales y Acuerdos. Juicio por Jurado
Una vez sancionada la ley, se hará una prueba piloto en un departamento judicial que designe la Suprema Corte de Justicia.
Senadores del Frente para la Victoria (FPV), de la UCR y del Frente Renovador confirmaron que se firmó un despacho mayoritario que habilita el debate en el recinto. El oficialismo necesita un acuerdo con otras fuerzas políticas para sancionar la ley en la próxima sesión, debido a que la última semana perdió los dos tercios de los 46 senadores que componen el cuerpo.
En medio del pase de legisladores del FPV al Frente Renovador, de Sergio Massa, el vicegobernador Gabriel Mariotto negoció un dictamen por unanimidad con todos los bloques. “Hubo acuerdo en la comisión”, dijo el senador Carlos Fernández, titular del bloque radical.
El proyecto enviado por el gobernador instaura el juicio por jurados para delitos graves con penas máximas que excedan los 15 años de prisión. En una primera instancia, el jurado intervendrá en homicidios, violaciones, lesiones graves y torturas, entre otros juicios. Estará integrado por un magistrado del Tribunal en lo Criminal, que actuará como presidente, y doce jurados, sin formación jurídica. Deben tener entre 21 y 75 años, entender el idioma nacional y estar en pleno ejercicio de sus derechos ciudadanos, además de tener actitud psíquico-física y domicilio en el departamento judicial competente. Se les exigirá haber completado estudios primarios y no haber sido condenados por sentencia firme por el delito de falso testimonio. Recibirán un pago por cumplir con este deber cívico.
No podrán ser miembros del jurado quienes desempeñen cargos públicos en los poderes Ejecutivo y Legislativo y quienes ejerzan la magistratura u otras funciones en el Poder Judicial o el Ministerio Público, además de integrantes de las fuerzas de seguridad y del Servicio Penitenciario, abogados, escribanos y condenados por delito doloso.
Los jueces quedarán aislados y no podrán comentar el caso. Cada uno emitirá un voto de acuerdo con las siguientes preguntas: “¿Está probado o no el hecho material de la acusación?” y “¿Es culpable o no culpable el imputado?”.
Cuando el veredicto sea condenatorio, el juez del tribunal dictará la sentencia y determinará la calificación legal del delito El acusado podrá optar por la integración de este tribunal con jurados o renunciar a ser juzgado por este sistema.

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