Ante la lluvia caída y los trabajos que se realizan en distintas calles de tierra donde ha habido movimiento de los suelos, la Comuna nuevejuliense recuerda que rige la Ordenanza Nº 4404 Expediente H. Concejo Deliberante Nº 197/04.
La normativa vigente establece en cuyo Artículo 13ª expresa: “Se prohíbe a los vehículos en el Artículo 1º (estacionamiento de camiones, camiones jaula, acoplados, semi acoplados, maquinarias e implementos agrícolas, tractores, ómnibus, microómnibus y casas rodantes), circular por las calles de tierra durante los días de lluvia y 48 posteriores a las mismas”.
Ello en razón de la preservación de las mismas, ya que de otra manera se verían afectadas con los lógicos inconvenientes que ello ocasiona para el transporte en general.